La Asociación Gremial de Trabajadores del Subterráneo y Premetro, AGTSyP, informa que debido al fracaso en las negociaciones paritarias, los trabajadores realizarán un paro de actividades de 48 horas la semana que viene, a partir de las 00 horas del martes 22 y hasta las 24 horas del miércoles 23 de mayo.

La medida fue resuelta por las asambleas de las 6 líneas y el Premetro ante la falta de respuestas de la concesionaria Metrovias S. A. al reclamo de aumento del 28% y mejoras en las condiciones laborales que demanda el gremio.

Esta semana, durante los días miércoles y jueves la AGTSyP llevó adelante un paro de 36 horas, en el marco de un plan de acciones acordadas. El cese de actividades tuvo lugar como respuesta a las infructíferas reuniones de negociación que el gremio mantuvo con la empresa Metrovías en el Ministerio de Trabajo.

La AGTSyP anunció el pasado martes 15 que las reuniones de negociación, en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social habían fracasaron y que “frente a este hecho, se hace inevitable la realización de una medida de fuerza”, según señalaban en un comunicado de prensa.

Cabe recordar que las paritarias del subte se encuentran vencidas desde el 28 de febrero pasado. El pliego aprobado por el conjunto de trabajadores consiste en un pedido de 28% de aumento en el sueldo básico, viáticos e items remunerativos, aumentar la antigüedad del 1.3 a 2% y la recategorización de guardas y personal de limpieza.

Debido a las reiteradas negativas por parte de la empresa Metrovías S.A. de recibir a los delegados de la AGTSyP representantes en forma mayoritaria de los trabajadores subterráneos, los denominados "Metrodelegados" llevaron a cabo un plan de lucha que consistió en aperturas de molinetes y paros durante tres semanas. Ante la convocatoria al gremio, realizada por el Ministro de Trabajo, Carlos Tomada, el plan de lucha fue suspendido.

Metrovías, por su parte, requirió en cada una de las reuniones realizadas en el ámbito del Ministerio de Trabajo la presencia de funcionarios del Gobierno de la Ciudad con la amenaza de recurrir a la fuerza pública de ser necesario, según lo establecido en el artículo 8° del Régimen General de Sanciones por Infracciones Laborales previsto en el Anexo II del Pacto Federal del Trabajo (Ley 25.212).

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