La Sala 2 de la Cámara de Casación le otorgó el beneficio de arresto domiciliario a los represores Reynaldo Bignone y Santiago Omar Riveros quienes habían sido condenados a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad ocurridos en Campo de Mayo durante la dictadura militar de 1976.

Los genocidas Reynaldo Bignone y Santiago Omar Riveros habían sido condenados a prisión perpetua en cárcel común, por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de San Martín, por el asesinato de Floreal “El Negrito” Avellaneda, de 15 años, y los tormentos aplicados.

La Sala 2 de la Cámara de Casación Penal está integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Juan Fégoli y Luis García. En 2008 Yacobucci y García habían beneficiado con la libertad los represores Astiz y Acosta y a otros 15 represores en la Megacausa ESMA.

Iris Avellaneda, madre del “Negrito” y quien fuera también torturada en Campo de Mayo, anunció que apelará la medida judicial que invoca la “alta edad” de los imputados y considera la prisión domiciliaria como “arbitraria”. Indicó que radicará una denuncia contra el fiscal de causa, Juan Martín Romero Victorica, quien no se presentó en la audiencia convocada por el tribunal. Este ya se encuentra imputado por proteger al ex Coronel Hernán Tetzlaff, apropiador de Victoria Montenegro.

Desde la Secretaría de Derechos Humanos repudiamos la medida tomada por los jueces de la Sala 2 de la Cámara de Casación que otorga un beneficio a los represores que asesinaron a hombres y mujeres sin distinción de edad. Este beneficio es una burla a la memoria de los 30.000 hombres y mujeres a los que les fue negada toda posibilidad de juicio y réplica.

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