La Central de Trabajadores de la Argentina manifiesta su enorme satisfacción por el fallo emitido desde la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el alcance del aborto no punible en nuestro país.

Es un fallo claro y definitivo respecto a la interpretación del artículo 86 del Código Penal. Esta decisión contribuye a cerrar el capítulo de las violaciones sistemáticas a los derechos de las mujeres al acceso a un aborto seguro en circunstancias de violación y también cuando corre peligro la vida o salud de las mujeres.

En este sentido cabe destacar la señal dada desde el máximo tribunal, ya que podría no haber aceptado el caso, pero lo hizo con el expreso compromiso de emitir una opinión y así sentar jurisprudencia para situaciones a futuro. Del mismo modo, destacar el recorrido minucioso que realiza la sentencia a la hora de poner claridad respecto a los innumerables obstáculos que las mujeres han debido sortear para acceder a esta práctica de salud, permitida por la legislación vigente desde hace más de 90 años.

Este fallo señala claramente la constitucionalidad de los abortos no punibles y su coherencia con el marco normativo de nuestro país, en especial la Constitución Nacional y las Convenciones y Tratados Internacionales de Derechos Humanos, incorporados a la Carta Magna a partir de la reforma de 1994. Allí expresa claramente que ninguna instancia judicial deberá intervenir frente a un pedido de un aborto no punible. Una práctica que deberá resolverse con la sola intervención del médico/a tratante y la persona que lo solicita o su tutor, en el caso que correspondiere. A la vez que especifica la necesidad de contar en todos los niveles de salud (nacional, provincial y municipal) con la implementación de protocolos hospitalarios para asegurar el acceso al aborto no punible, con el mayor rango de disposición que los organismos emitan. Este pedido está en sintonía con el reclamo realizado al Ministerio de Salud de la Nación para que otorgue rango de Resolución Ministerial a la “Guía Técnica para la atención integral de los abortos no punibles” implementada por ese organismo desde el año 2007.

El nivel de detalle del fallo y la claridad con la que está formulado supone un avance decisivo en el derecho al aborto. Sin embargo el gran debate legislativo aún pendiente sigue siendo la despenalización y la legalización del aborto, tal como propone el proyecto de Ley de Interrupción voluntaria del embarazo de la Campaña nacional por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito.

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