En Mayo del 2010, en la revista Haciendo Cine Nº 103, Luis Barone era entrevistado en una nota titulada: “Es absolutamente legal”. En ella, defendía con idílicos argumentos el servicio de tercerización de trabajadores del cine que su Cooperativa Kaos lleva a la práctica desde hace tantos años.

Barone pretendía sostener( como lo hizo Marcelo Schapces en HC de Octubre 2011), que no se trataba de “tercerización” ni de “fraude laboral”, sino que Kaos está conformada por trabajadores que voluntariamente se “asocian” a un productor y que participan de las ganancias de la película en la que trabajan.

La realidad es muy distinta. Lo que Barone y Schapces definían en aquellos artículos como “asociativismo”, funciona en la práctica de otra manera. Un productor inescrupuloso, que se ha garantizado obtener subsidios del Estado después de preclasificar su proyecto, decide contratar a los trabajadores a través de una cooperativa de trabajo, en lugar de hacerlo como marca la Ley.

El Productor alquila la “arquitectura legal” de una cooperativa. Convoca luego a los técnicos y les explica que, si quieren trabajar en su película, deben asociarse a la Cooperativa. Más tarde les hace firmar a los trabajadores el alta y, en el mismo acto, la baja de la cooperativa, donde el asociado renuncia a cualquier beneficio futuro. Este último documento se firma sin fecha. Por si acaso. El supuesto asociado nunca gozará de los beneficios ni de los derechos que le asisten y, en caso de que se retobe y pretenda reclamar, ya ha firmado la baja “voluntaria”.

El principal beneficio que obtiene el productor inescrupuloso con esta práctica, es la vulneración de todos los derechos del trabajador. Un técnico contratado de acuerdo a la Ley tiene una semana laboral de 44 horas. “En cooperativa”, puede trabajar de lunes a sábado 11 horas diarias, lo que equivale a 66. Así, el trabajador “por cooperativa”, habrá trabajado 132 horas al cabo de dos semanas, mientras que hubiese necesitado tres semanas para trabajar esa misma cantidad si hubiese sido contratado de acuerdo a la Ley. Además, los “asociados” suelen cobrar un 20 o 30 % menos que el Salario Mínimo, ya que no están protegidos por el Convenio Colectivo de Trabajo.

El perjuicio para el trabajador es enorme: no sólo no cobrará las horas extras que le corresponderían en el ejemplo, si no que al no estar “en blanco”, no cobrará vacaciones ni aguinaldo, no estará cubierto por una ART en caso de un eventual accidente. Además, el trabajador, obligado a pagar el monotributo, se hace cargo de sus propios aportes jubilatorios y obra social.

Las demonizadas cargas sociales, supuestas responsables del auge de las “cooperativas”, son reconocidas como costo por el INCAA, es decir que el productor las recupera como subsidio. Además, desde la resolución 90/2011 el INCAA adelanta un monto de subsidio para pagar las cargas sociales sin afectar el desarrollo financiero de la película.

Y si todavía hay alguien que cree que esto se tata de una pelea por plata entre SICA y las cooperativas, permítannos recordarle que estos mismos productores, dueños o socios de las cooperativas fraudulentas, han propuesto en muchas ocasiones “donar” dinero a SICA para que dejemos de cuestionar las ilegales condiciones de trabajo. Algo que, huelga aclarar, nos parece inaceptable.

El temor a no ser convocados para trabajar hacía que fueran muy pocos los técnicos que se animaban a denunciar esta situación. Como consecuencia, los reclamos del sindicato no podían avanzar sin estas denuncias. Pero SICA comenzó a realizar inspecciones junto al Ministerio de Trabajo y algo empezó a cambiar. Ahora son muchos los que se animan a llamar a SICA y avisar, para que llegue el Ministerio.

Hace unos meses comenzaron a conocerse los resultados de las inspecciones. El Ministerio de Trabajo dictó resoluciones multando a LACSA, del Dr. Azar, $175.000 por “Miss Tacuarembó”; a Cooperativa Kaos, de Barone, $399.000 por “Todos contentos” y a Cooperativa 2001, $318.000 por “La Corporación” y $450.000 por “Días de Vinilo”. Estas multas son cobradas por el ministerio de Trabajo. Y ya hay otras tantas películas denunciadas e inspeccionadas que están en vías de ser penadas.

Como si le contestara a Barone, dice el ministerio de Trabajo en sus resoluciones que "surgen elementos suficientes para considerar fraudulento al vínculo cooperativo invocado. Que primeramente corresponde destacar que el fraude es un acto jurídico a primera vista lícito que no aparece expresamente prohibido por la ley, pero que encubre una causa ilícita. Que tales circunstancias llevan a esta Autoridad a considerar que los trabajadores relevados no gozaron en su totalidad de los beneficios cooperativos que nacen a partir de su ingreso, debiéndose tener por nulo el vínculo asociativo y por dependiente la relación"

Mucho tiempo quisieron hacernos creer que la disyuntiva era “SICA versus cooperativas”, como si para los trabajadores hubiese opciones. Las resoluciones de ministerio de Trabajo terminan con esta falsa discusión para plantear las cosas en los términos correctos; es el productor el que contrata y el único que tiene opciones: contratación legal versus fraude laboral. Las cooperativas de trabajo, en el cine, son truchas.

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